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Bono Clase Media y préstamo solidario: ¿Quiénes serán los beneficios tras los cambios confirmados?

Con 138 votos a favor y 2 en contra la Cámara de Diputadas y Diputados despachó este viernes al Senado el proyecto de ley que establece un nuevo bono clase media y un préstamo solidario.

Este proyecto establece excepcionalmente que los pensionados de vejez e invalidez acogidos a la modalidad de renta vitalicia, serán beneficiados con un bono de $100 mil pesos. Especifica en este caso que deberán contar con pensión sea equivalente a un monto igual o inferior a $408.125.

Asimismo, se incluye un préstamo solidario, el cual se podrá solicitar por un máximo de tres veces, el que ascenderá como máximo al monto que el beneficiario reciba mensualmente de pensión.

Sobre los propietarios de vehículos de transporte remunerado de pasajeros se definió que podrán inscribir a un conductor como beneficiario adicional. Estos deberán contar con licencia profesional y estar inscritos en el Registro Nacional de Servicio Público de Pasajeros y en el Registro Nacional de Transporte Remunerado de Escolares.

Bono Clase Media

El Bono Clase Media está dirigido a las personas naturales entre 18 y 65 años de edad, que cuenten con ingresos superiores al ingreso mínimo mensual; además que hayan experimentado una disminución de al menos un 20% en su ingreso mensual. Para esto se tomará en consideración los ingresos promedio del período diciembre 2020 – enero 2021 y el período diciembre 2019 – enero 2020.

En caso que los beneficiarios tengan ingreso promedio del período diciembre 2020 – enero 2021 que sea mayor al ingreso mínimo a marzo de 2021 y menor o igual a $408.125, no requerirán acreditar caída de ingresos.

El válido precisar que este beneficio será de un monto decreciente que parte en $500 mil pesos para aquellos que tuvieran rentas de hasta un millón 500 mil pesos en 2019; y llegando a $100.000 para los que tuvieron ingresos en ese periodo sobre un millón 800 mil y hasta 2 millones.

En cuanto a los beneficiarios cuyo hogar se encuentre integrado por personas con determinadas condiciones. Discapacidad, por personas que perciban pensión básica de invalidez, adultos mayores de 65 años o más, o personas menores de 18 años que vivan en el hogar; estos tendrán derecho al Bono incrementado según el número de personas que causen el beneficio en el hogar; montos que van desde 125 mil pesos a 250 mil pesos como máximo.

Préstamo solidario

Se refiere a un monto en dinero mensual que podrá ser solicitado por un máximo de dos veces.  Además, quienes no sean beneficiarios del Bono Clase Media tendrán derecho a realizar una solicitud adicional.

Los valores a entregar ascenderán como máximo al 100% del resultado positivo de la diferencia; ello entre el ingreso promedio mensual 2019 y 2020, con un tope de $650.000.

Este monto en calidad de préstamo se devolverá al Fisco a través del Servicio de Tesorerías, en cuatro cuotas anuales.

La primera cuota corresponderá al 10% del monto total y las siguientes tres cuotas, al 30% del mismo.

Cada cuota anual no podrá exceder el cinco por ciento de las rentas que forman parte de la declaración anual de Impuesto a la Renta. Si se mantiene un saldo del beneficio por la aplicación de este límite, este será condonado.

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