Desde el 1 de octubre el uso de mascarillas en los establecimientos ya no será obligatorio, no existirán aforos y habrá cambios en la definición y acciones ante alerta de brotes. No obstante, se mantienen medidas de prevención como el lavado de manos y la ventilación, y el aislamiento de casos sospechosos y confirmados.
Los establecimientos no podrán exigir el uso de mascarillas, sin embargo, cada apoderado/a podrá definir si su hijo/a usa este elemento de protección sanitaria.
Tras el anuncio realizado esta mañana por el Ministerio de Salud, respecto a que el actual escenario epidemiológico permite avanzar hacia una apertura de las medidas de prevención y control de la pandemia de Covid-19, el Ministerio de Educación envió a las comunidades educativas de todo el país información detallada de las modificaciones al Protocolo de medidas sanitarias y vigilancia epidemiológica para establecimientos educacionales, las que comienzan a regir a partir de este 1 de octubre.
Dentro de estas modificaciones, se informa que el uso de mascarillas ya no será obligatorio en educación parvularia, básica ni media, ni en ninguna modalidad del sistema educativo. En este sentido, la decisión de utilizarla al interior de las salas de clases es únicamente de cada estudiante y apoderado/a. Además, todas las actividades se seguirán realizando de manera presencial y la asistencia será obligatoria.
Junto con ello, se explica que, debido a que se ha alcanzado más del 80% de cobertura de vacunación en los estudiantes a nivel nacional, se elimina la restricción de aforos en todos los espacios de los establecimientos educacionales, propiciando el distanciamiento en las actividades cotidianas cuando esto sea posible.
El ministro de Educación, Marco Antonio Ávila, señaló que “en permanente coordinación con el Ministerio de Salud, revisamos los protocolos y decidimos avanzar hacia este mejor escenario para las y los estudiantes y docentes. Pero debemos tener claro que esta flexibilización no es el fin de las medidas y que la pandemia aún no ha terminado, debemos seguir cuidándonos, y mantener algunas de las medidas sanitarias por la seguridad de todas y todos al interior de los establecimientos”.
Algunas de las medidas de prevención que se mantienen vigentes son la ventilación de las salas de clases, el lavado de manos con jabón o uso de alcohol gel cada 2 o 3 horas, y recordar a la comunidad estar alertas ante la presencia de síntomas de COVID-19 y no enviar a las y los estudiantes ante síntomas respiratorios.
Asimismo, desde Mineduc, se recomienda a los establecimientos revisar el estado de vacunación por cada curso en la página de actualización semanal https://vacunacionescolar.mineduc.cl/ e incentivar la vacunación en los cursos que se encuentren bajo el umbral de 80%.
Medidas ante alerta de brotes
En el documento se establecen acciones y medidas específicas ante casos de sospecha, confirmación o alerta de COVID-19.
Asimismo, cambia el accionar ante alerta de brotes. En este sentido, si en un lapso de 7 días hay 3 o más casos confirmados de Covid-19 en un curso; o 7 casos o más en el establecimiento, la dirección del establecimiento deberá informar a la autoridad sanitaria regional y será la seremi de Salud la que evaluará toda la información respecto a cada situación en particular y establecerá medidas a partir de criterios y variables preestablecidas.
Para más información acerca de la aplicación del Protocolo de vigilancia epidemiológica, investigación de brotes y medidas sanitarias en los establecimientos educacionales, revisar www.mineduc.cl.